Constitución de 1833
Restablecido el orden, José Joaquín Prieto se abocó a la tarea de organizar institucionalmente a la República. Conciente con las ideas de la época, creyó que debía elaborarse una Constitución que fuera adecuada a la realidad del país, la que se promulgó el 25 de mayo de 1833 por iniciativa de Diego Portales.
Los redactores de la Constitución, encabezados por Mariano Egaña y Manuel José Gandarillas, coincidieron en que la democracia plena era incompatible con la realidad del país, falto de tradición y cultura cívica. La carta instauró un régimen legal en el que los poderes del Estado estaban entrelazados cooperando en la búsqueda del bien común.
Nombre/Gobierno | Constitución de 1833/ J.J Prieto |
Autores |
Diego Portales - Mariano Egaña y Manuel José Gandarillas. Promulgada en el gobierno de José Joaquín Prieto |
Duración-Reformas | 92 años /1871-1873-1974-1882-1888-1991-1892-1893 |
Surgimiento | Surge tras el triunfo conservador en la revolución 1829. Objetivo era reformar constitución 1828 |
Fundamentos Principales | Crear un orden fuerte y despersonalizado que garantizara el orden institucional de la República y mantuviera al país a salvo de vicisitudes y desórdenes. Prescribir las ideas liberales y establecer una dictadura legal |
Características Principales |
Limita el territorio Reconoce el principio de soberanía nacional Califica al gobierno como popular, representativo. República es una e indivisible Proclama como religión la Católica Apostólica Romana. El poder legislativo reside en el Congreso y es Bicameral Los senadores y diputados El Presidente de la República es elegido por votación indirecta por 5 años con posibilidad de reelección . El presidente administra el estado y es el jefe supremo de la nación. Independencia de los tribunales de otro poder del estado. |
Tipo de Constitución | Promulgada por el Partido Conservador |
Diego Portales
Mariano Egaña
Manuel Jose Gandarillas